Proyecto de Ley de Emolumentos para Educadores
Ley de Emolumento del personal docente al servicio de las instituciones educativas oficiales dependientes del Ejecutivo Nacional, Estadal y Municipal
Teniendo en cuenta que es una exigencia fundamental que la educación esté a cargo de personas de reconocida moralidad y de comprobada idoneidad, para lo cual es imprescindible que, como lo dispone el artículo 104 de la Constitución, la ley garantice no solamente el ingreso, promoción y permanencia en el sistema educativo, sino además el reconocimiento, a través de una justa remuneración, de la loable función del educador.